Friday, May 30, 2014

El derecho al debido proceso en los procedimientos disciplinarios de las asociaciones religiosas

El tema general es el respeto al debido proceso en los procedimientos disciplinarios eclesiásticos.

Contrastando los principios del debido proceso consagrados en la Constitución y los procedimientos disciplinarios realizados al interior de las asociaciones religiosas, ya sea Iglesias, comunidades de religiosos(as), colegios, universidades u otras instituciones que tengan potestad disciplinaria, así como haciendo un análisis de ciertas decisiones tomadas por entidades religiosas, podemos notar que desde el punto de vista constitucional es bastante probable que se viole el debido proceso y por ende se lesione un derecho fundamental de la persona.

Si bien es cierto las asociaciones religiosas son autónomas en su organización y estructura, lo cual incluye los procedimientos disciplinarios, donde la autonomía colisiona con algún derecho fundamental consagrado en la constitución,¿Cual debe primar ?

Las fuentes que tengo para realizar la investigación son por ahora solo virtuales,
1. http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2013/t-658-13.htm

Corte constitucional de Colombia dio una sentencia exigiendo a un monasterio admitir el reingreso de una monja de 65 años tras cuatro años de separación. Una de las razones para pedir su reingreso es que no observaron el debido proceso.

Como comentario final a esta introducción indicaré que un principio fundamental del debido proceso es la doble instancia, es decir que si no estás de acuerdo con una sentencia, tienes derecho a que sea revisada por un tribunal superior, esto no se da en la mayoría de asociaciones religiosas.

No comments:

Post a Comment